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Desgraciadamente, es habitual que en nuestras relaciones con la administración ésta nos solicite documentos que, o ella misma genera, o ya le hemos entregado anteriormente: DNI, títulos universitarios, certificados, etcétera.
A pesar de que la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en su artículo 53.d establece que los ciudadanos tenemos derecho “a no presentar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, que ya se encuentren en poder de las Administraciones Públicas o que hayan sido elaborados por éstas” esta ley no suele cumplirse por parte de la propia administración.
Ello no sólo supone una pérdida de tiempo y dinero, sino que perjudica la eficiencia del trabajo.
Esta palanca, por tanto, persigue que el ciudadano no tenga que dar dos veces a la administración el mismo dato. No importa que sean administraciones diferentes, las administraciones deberían conectarse entre ellas y no obligar al ciudadano a proporcionarles datos que ya tienen la obligación de tener.
El objetivo sería que las bases de datos de las administraciones se crucen para que el ciudadano no tenga que dedicar su esfuerzo a conseguir para una administración, papeles, certificados, etc. de los que disponen otras administraciones.
Se trata de poner el servicio al ciudadano en el centro del foco de actuación de la administración, no solo porque es lo que se debe hacer, sino también porque es más eficiente para el país. Los procedimientos administrativos resultantes de que las bases de datos se comuniquen entre sí van a resultar mucho más eficientes que los procesos actuales en que el ciudadano debe solicitar determinada información a una administración para, una vez conseguida, entregarla a otra administración.
Por una administración más ágil, capaz de usar las nuevas herramientas tecnológicas para ofrecer un servicio personalizado al ciudadano, con toda la información en disposición de la administración conectada entre sí.