1 ¿CUÁL ES LA IDEA?
La propuesta es sistematizar principios rectores y recomendaciones indispensables para la regulación de los discursos de odio en el espacio público digital en general y las redes sociales en particular. Implica un proceso de análisis y sistematización y por tanto comprende las etapas de formulación de categorías y principios, la descripción del contenido mínimo de cada lineamiento, trabajo empírico cuali-cuantitativo en función de caracterizar metodológicamente la progresión de los discursos de odio en el escenario de situación entre Estado, corporaciones y sociedad civil, y establecer mecanismos de comparabilidad entre contextos estatales en diversos niveles de gobierno (nacional, provincial, municipal).
El desarrollo de este proyecto pretende establecer lineamientos para fundamentar, clarificar y ordenar el tratamiento público del problema de los discursos de odio en sus diferentes dimensiones, de modo que pueda ayudar a la comunicación y comprensión social de sus consecuencias, pero también a su apropiado monitoreo y prevención.
Los principios que se establecerán estarán destinados a disminuir las consecuencias negativas de los discursos odiantes, tanto para las víctimas asediadas que puedan resultar violentadas por los mismos discursos o por el pasaje al acto que de ellos puede derivarse, como para una convivencia social democrática y pacífica, donde los derechos humanos estén garantizados.
La propuesta desplegada puede tomar como insumos los elementos y esquemas de medición y caracterización formulados en el marco del sistema de protección universal e interamericano, con el fin de inscribir el diseño de la regulación en el enfoque de derechos humanos. Para ello, la palanca retomará y dialogará con la Estrategia y Plan de acción de las Naciones Unidas en relación a los discursos de odio, las recomendaciones sobre el tema del Comité de la Convención para la Eliminación de la Discriminación Racial y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en diversos informes temáticos. También, tomará elementos del modelo de indicadores en derechos humanos para políticas públicas (2015) basado en el Protocolo de San Salvador (1999) y se basará en un relevamiento de sentencias sobre discursos de odio producidas en Estados latinoamericanos y por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
2 ¿QUÉ ERRORES TRATA DE SOLUCIONAR ESTA IDEA?
Los discursos de odio, como expresiones violentas que tienden a generar un clima de intolerancia social y las condiciones necesarias para el advenimiento de prácticas agresivas, segregacionistas o genocidas, no son un problema estrictamente nuevo: como tales, ya han sido problematizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), por la Resolución 20/97 del Consejo de Europea (1997) y por diversas iniciativas de la Organización de las Naciones Unidas, entre las cuales podemos citar la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (1948), la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1789), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y el Plan de Acción de Rabat (2012).
El aspecto novedoso del problema, y que aún no ha sido cabalmente abordado, es su relación con las nuevas tecnologías digitales y, en particular, con las redes sociales y las plataformas de comunicación digitales. Las redes sociales aparecieron como el bastión de una nueva forma de la democratización de la palabra y la participación ciudadana, pero con el correr de los años devinieron en espacio donde circulan y se replican discursos odiantes y violentos destinados a personas y grupos sociales históricamente estigmatizados. Las redes sociales y las plataformas no constituyen inherentemente un peligro para la democracia. Sin embargo, es evidente que facilitan la circulación de los discursos de odio y su funcionamiento actual se ha convertido en un desafío para los procesos de democratización. Consideramos que mediante los principios rectores adecuados y las estrategias concretas de abordaje, la regulación de los entornos digitales puede transformarlos en espacios más seguros y democráticos.
Este proyecto se propone aportar a problematizar esta situación en el marco de las democracias ―sobre todo las latinoamericanas― para lidiar con este dilema emergente, definiendo y delimitando responsabilidades de Estado y sector privado en relación con la profusión de discursos de odio en redes, y caracterizando modalidades de la relación intersectorial, con fines de prevención, detección y promoción del principio de no repetición.
3 ¿QUIÉNES SERÁN LOS RESPONSABLES DE GESTIONAR LA IDEA?
Las recomendaciones están dirigidas a instituciones del ámbito estatal, con atribuciones de formulación de política pública, con la previsión de que se pueda formar una alianza entre agencias y dispositivos del Estado, para transversalizar el tratamiento de esta cuestión a través de las diversas agendas, de una manera transdisciplinaria.
Siguiendo esto, la idea pretende alcanzar o interactuar con organismos estatales en diversos niveles de gobierno, prestando particular atención a las estrategias con los gobiernos locales en su capacidad de transformar el discurso público y promover la mitigación de expresiones odiantes, a partir de una interacción más cercana y cotidiana con la población y su inserción más significativa en el territorio.
Las instituciones estatales de diverso nivel que serán invitadas a trabajar en la propuesta deberán ser interpeladas en su función de gestión ejecutiva, si sus acciones se canalizan a través de políticas públicas, o por su vinculación al trabajo legislativo, si se canalizan en proyecto de ley aplicable al ámbito nacional. Las recomendaciones están destinadas también a los organismos supranacionales del sistema de protección y de procesos consultivos regionales que pueden orientar las políticas públicas y las diversas legislaciones nacionales a través de tratados internacionales de orden regional o global, y de acuerdos y procesos de consenso que generen herramientas específicas para la prevención y el monitoreo.
4 ¿QUÉ MECANISMOS DE RENDICIÓN DE CUENTAS O MEDICIONES SE PUEDEN PONER EN MARCHA?
- Dimensión transversal de igualdad y no discriminación configurada según el modelo de indicadores en derechos humanos para políticas públicas, basado en el Protocolo de San Salvador. La caracterización del escenario de situación sobre discursos de odio en relación con estos parámetros permitirá apoyar el cumplimiento del compromiso de los Estados del Sistema Interamericano respecto de ese instrumento, así como también observar en qué medida la persistencia de discursos de odio construye barreras de acceso a derechos sociales y la discriminación de grupos que requieren especial protección.
- Diseño de indicadores discursivos específicos que permitan caracterizar y valorar cuali-cuantitativamente la presencia de discursos de odio en un contexto dado. Estos indicadores permitirán establecer medidas observables de volumen, intensidad, persistencia y direccionalidad de los discursos de odio en escenarios estudiados, así como también definir parámetros de comparabilidad para el análisis de casos y la elaboración de escenarios de situación que puedan ser puntos de partida para la formulación de políticas y propuestas normativas.
- Para la formulación inicial y tentativa de los indicadores para el análisis de los discursos de odio, tomaremos los lineamientos del Plan de Acción de Rabat (2012), por lo que proponemos tener cuenta las siguientes dimensiones para identificar y clasificar los discursos de odio:
- Quién emite el discurso. Tener en cuenta si es una persona relevante, con una influencia importante sobre la sociedad.
- El espacio institucional en el que se inserta el discurso de odio. Tener en cuenta desde dónde se emite ese discurso: desde un espacio estatal, desde una empresa o si proviene de un ciudadano específico, etc.
- El objeto del discurso de odio, teniendo particular importancia cuando son grupos sociales históricamente asediados.
- Las posibles consecuencias del discurso de odio teniendo en cuenta el contexto histórico social en el que es emitido.
- El modo de diseminación, es decir, la plataforma comunicacional desde la que se emite el discurso de odio.
- El contenido y la intensidad del discurso de odio en sí, lo que demandará un análisis pormenorizado de al menos cuatro aspectos: grado de deshumanización del objeto de odio; incitación a la inhibición de derechos (vulneración de derechos de los discursos de odio); incitación al asedio, acoso y silenciamiento (exclusión e inhibición de la participación democrática); e incitación a la violencia (pasaje al acto y violencia directa).
5 ¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS POTENCIALES DE LA IDEA Y CUÁLES SUS COSTES?
Beneficios:
- Propondrá categorizaciones para tipificar y mecanismos para monitorear los discursos de odio potencialmente peligrosos en las redes sociales y el espacio digital. Cabe aclarar que la tipificación ofrece una diferenciación de grados de intensidad de los discursos de odio y parte de la idea de que no todo discurso violento o agraviante es en sí un discurso de odio.
- Contribuirá a abordar de manera informada y operativa los discursos odiantes y violentos que son potencialmente peligrosos para el bienestar de los ciudadanos y para la convivencia democrática.
- Contribuirá a identificar y poner en diálogo los diversos actores sociales involucrados en la regulación de los discursos de odio.
- Ayudará a identificar y dilucidar las dimensiones y mecanismos principales de un problema emergente de las sociedades democráticas.
Costos y riesgos:
- Costo de la creación de instituciones estatales que puedan colaborar con el sector privado en la puesta en marcha de mecanismos para monitorear los discursos de odio en los espacios digitales.
- Costo de las investigaciones necesarias para la creación de indicadores apropiados para la evaluación, tipificación y clasificación de los discursos de odio.
- Costo de las campañas públicas para dar a conocer y explicar el problema que representan los discursos de odio para las sociedades democráticas, su relación contradictoria con los intereses económicos de las grandes empresas trasnacionales que gestionan las plataformas digitales y las razones para abordar este problema a través de una regulación estatal.
- Riesgo de un debate público que no consiga evitar el falso dilema entre libertad de expresión y regulación de las redes sociales y plataformas digitales, y que termine en un elemento más de las polarizaciones existentes.
6 ¿LA IDEA AUMENTARÁ LA INCLUSIÓN ECONÓMICA Y/O MEJORARÁ LA AUTONOMÍA? ¿SI ES ASÍ, CÓMO?
Inclusión económica:
En lo que respecta a la inclusión económica ―o, preferentemente, socioeconómica y sociolaboral―, la caracterización del escenario de situación sobre discursos de odio a través de indicadores de derechos humanos para políticas públicas, permitirá observar cómo las expresiones de odio restringen, fragilizan o anulan mecanismos y protecciones de derechos económicos de las personas, con un foco ampliado hacia DESCA (derechos económicos, sociales, culturales y ambientales). Tal como ha sido anticipado en el ítem 4 sobre rendición y monitoreo, la articulación de análisis de discursos de odio con indicadores sobre acceso a derechos humanos permitirá indagar y sopesar cómo la preeminencia de discursos odiantes sobre determinados grupos o personas condiciona negativamente su garantía y el goce de derechos.
Autonomía:
La iniciativa contribuye a mejorar la autonomía de los ciudadanos y de aquellos grupos sociales asediados, que históricamente han sido estigmatizados y que hoy son el principal objeto de los discursos de odio en entornos digitales. En este sentido, el proyecto favorece la autonomía ciudadana y la convivencia democrática mediante la salvaguarda de una realización efectiva de los derechos humanos y las libertades civiles, económicas y políticas.